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Jubilación Anticipada: Reporte tributario ya puede obtenerse por internet

mayo 25, 2019 at 9:17 , No hay comentarios


Sunat informó que el reporte tributario de rentas de cuarta categoría, requisito para acceder al REJA, puede obtenerse 

Sunat

Sunat

REDACCIÓN GESTIÓN  / 24.05.2019 - 04:58 PM

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria ( Sunat) informó que los afiliados al sistema privado de pensiones que deseen acogerse al Régimen Especial de Jubilación Anticipada(REJA) y necesiten un reporte tributario de rentas de cuarta categoría ya pueden obtener dicho documento por internet sin necesidad de acudir a las oficinas de Sunat.

El reporte contiene información de las rentas de cuarta categoría declaradas en los últimos doce meses consecutivos a través de laPlanilla Electrónica o los Formularios Virtuales de Trabajadores Independientes.

El reporte tributario de rentas de cuarta categoría se puede generar ingresando al portal institucional de Sunat con la clave SOL. Este reporte virtual es específico y se consignan los ingresos percibidos por rentas de cuarta categoría para trabajadores independientes.

Los afiliados que no cuenten con numero de RUC no necesitan presentar el reporte antes señalado, solo deberán declararlo marcando dicha opción en la “Declaración Jurada Situación de desempleo – Ley 30939.

Como se sabe, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el procedimiento para acogerse al REJA para Desempleados en el Sistema Privado de Pensiones. Los afiliados que perciben rentas de cuarta categoría deben demostrar que sus ingresos anuales son menores o iguales 7 UIT en los últimos 12 meses.

COMUNICADO

Estimado(a) Contribuyente:

 

En el Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) – Ley 30939, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones que cuenten con número de RUC, deberán presentar el “Reporte Tributario de Rentas de Cuarta Categoría” expedido por la SUNAT.
 

Para generar este reporte, ingrese a SUNAT Virtual, a la opción Reporte Tributario de Rentas de Cuarta Categoría con su clave SOL.


Ingrese directamente aquí

 

Lima, 24 de Mayo del 2019

Fuente: Gestión.pe, Sunat.gob.pe

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¿Quiénes están obligados a emitir comprobantes de pago electrónicos?

Están obligados a la emisión de comprobantes de pago electrónicos los contribuyentes personas naturales o personas jurídicas que han sido designados como emisores electrónicos mediante Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT.

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