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Ahora empresas deben dar un "plazo de defensa" a trabajadores antes de suspenderlos

27 may, 2019, No hay comentarios

Ante la falta de una regulación específica, la Corte Suprema precisó que los empleadores deben otorgar un plazo razonable para que el trabajador pueda defenderse.

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Tardanza

Foto: Freepik

MIGUEL JUAPE  / 27.05.2019 - 03:49 PM

De acuerdo a un fallo de la Corte Suprema, las empresas deben en un procedimiento disciplinario comunicar por escrito a los trabajadores  implicados acerca de las faltas que se les imputan, para que ejerzan su 
defensa. 

Esta comunicación debe ir con el sustento de pruebas y otorgar un  "plazo de defensa" prudencial para que pueda realizarse los descargos correspondientes, y así los trabajadores puedan ejercer su derecho de defensa.

La Corte Suprema señala que esta regla se debe aplicar igual en los procedimientos disciplinarios que no conllevan al despido (como llamadas de atención, suspensiones y similares). 

Vacío legal

La legislación laboral no regula un procedimiento que deba seguir el empleador ya que solo prevé uno para el despido del trabajador, al que se le debe otorgar un plazo de seis días naturales, con o sin goce de sueldo, para que se defienda.

En dicho plazo, la empresa puede exonerar a la asistencia al trabajador pero deberá probar que no se restringió su derecho de defensa con la exoneración a la asistencia al centro de labores.

El laboralista Oxal Ávalos, asociado del estudio Muñiz, opinó que no seguir un procedimiento previo a la sanción que no es el despido, no vulnera el derecho de defensa del trabajador, pues sigue manteniendo el vínculo laboral, y tiene derecho a cuestionar o impugnar la decisión ante el mismo empleador o ante las autoridades.

La Ley no establece expresamente un procedimiento previo para aplicar sanciones que no son el despido, por lo que resulta ilegal que ahora se exija, opinó. 

En todo caso internamente el empleador puede aplicar este tipo de procedimientos, pero no porque este obligado, sino porque es parte de su política, indicó Ávalos.

Por otro lado, sobre la inmediatez, los trabajadores solo podrían cuestionar la sanción si es que lo hacen dentro de un plazo razonable desde que le fue comunicada la sanción, sino se entenderá por aceptada la sanción. 

Y en modo similar, el empleador aplica el mismo criterio, pero desde que el órgano competente para sancionar (área de recursos humanos o similar) toma conocimiento de la infracción. Si no hay sanción, se entenderá que el empleador perdonó la falta.

Fuente: Gestión.pe

Jubilación Anticipada: Reporte tributario ya puede obtenerse por internet

25 may, 2019, No hay comentarios


Sunat informó que el reporte tributario de rentas de cuarta categoría, requisito para acceder al REJA, puede obtenerse 

Sunat

Sunat

REDACCIÓN GESTIÓN  / 24.05.2019 - 04:58 PM

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria ( Sunat) informó que los afiliados al sistema privado de pensiones que deseen acogerse al Régimen Especial de Jubilación Anticipada(REJA) y necesiten un reporte tributario de rentas de cuarta categoría ya pueden obtener dicho documento por internet sin necesidad de acudir a las oficinas de Sunat.

El reporte contiene información de las rentas de cuarta categoría declaradas en los últimos doce meses consecutivos a través de laPlanilla Electrónica o los Formularios Virtuales de Trabajadores Independientes.

El reporte tributario de rentas de cuarta categoría se puede generar ingresando al portal institucional de Sunat con la clave SOL. Este reporte virtual es específico y se consignan los ingresos percibidos por rentas de cuarta categoría para trabajadores independientes.

Los afiliados que no cuenten con numero de RUC no necesitan presentar el reporte antes señalado, solo deberán declararlo marcando dicha opción en la “Declaración Jurada Situación de desempleo – Ley 30939.

Como se sabe, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el procedimiento para acogerse al REJA para Desempleados en el Sistema Privado de Pensiones. Los afiliados que perciben rentas de cuarta categoría deben demostrar que sus ingresos anuales son menores o iguales 7 UIT en los últimos 12 meses.

COMUNICADO

Estimado(a) Contribuyente:

 

En el Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) – Ley 30939, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones que cuenten con número de RUC, deberán presentar el “Reporte Tributario de Rentas de Cuarta Categoría” expedido por la SUNAT.
 

Para generar este reporte, ingrese a SUNAT Virtual, a la opción Reporte Tributario de Rentas de Cuarta Categoría con su clave SOL.


Ingrese directamente aquí

 

Lima, 24 de Mayo del 2019

Fuente: Gestión.pe, Sunat.gob.pe

Empresas que incumplen con pago de CTS pueden recibir multa de hasta S/94.500

14 may, 2019, No hay comentarios


Si hasta el miércoles 15 de mayo, el sector privado cumple con el depósito de  Compensación por Tiempo de Servicio  ( CTS ) —considerado como una infracción grave según la normativa laboral vigente—, recibir multas diferenciadas de entre S / 189 a S /56.700, advirtió la  Cámara de Comercio de Lima  ( CCL ).

"Víctor Zavala, gerente del Centro de Asuntos Legales", dijo Víctor Zavala, gerente del Centro de Asuntos Legales. la  CCL .

(Foto: USI)

Redacción ec13.05.2019 / 01:52 pm

Si hasta el miércoles 15 de mayo, el sector privado cumple con el depósito de  Compensación por Tiempo de Servicio  ( CTS ) —considerado como una infracción grave según la normativa laboral vigente—, recibir multas diferenciadas de entre S / 189 a S /56.700, advirtió la  Cámara de Comercio de Lima  ( CCL ).

"Víctor Zavala, gerente del Centro de Asuntos Legales", dijo Víctor Zavala, gerente del Centro de Asuntos Legales. la  CCL .

► CTS: ¿Qué banco, financiera o caja te paga más intereses por tu depósito?
► CTS: Trabajadores no necesitarán la constancia de cese para retirar sus fondos
► CTS se paga este 15 de mayo: ¿Quiénes reciben el beneficio y cómo se calcula?

La CCL señaló que las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por D.S. 015-2017-TR, considerando los principios de razonabilidad y proporcionalidad previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley 27444.

"Se trata de tres escalas de multas diferenciadas que aplica la Sunafil. La primera para la micro empresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (No Mype)", mencionó Zavala.

Las Multas Varian segun se trarse de Infracciones leves (no: entregar la hoja de liquidación Donde CONSTA Como Se ha calculado la  CTS ) tumbas e Infracciones (sin depositar la  CTS  DENTRO DEL PLAZO establecido).

Devoluciones del Impuesto a la Renta suman S/319 millones

14 may, 2019, No hay comentarios


En mayo venció el plazo para que la Sunat devolviera el pago del Impuesto a la Renta (IR) por deducciones adicionales por hasta tres unidades impositivas tributarias (UIT). Sin embargo, a la fecha, no todos los contribuyentes han recibido su reembolso.

Se obtuvo el 91% de las solicitudes de devolución de parte (177.450 contribuyentes) y el 96% de las devoluciones de oficio (247.952), informó la Sunat a El Comercio. En total se han devuelto más de S / 319 millones.

Asimismo, el ente recaudador asegura que la cantidad de personas sujetas a este beneficio se ha triplicado este año. Actualmente se contabilizan más de 450 mil contribuyentes. La cifra del año pasado fue de 150 mil.

“Todas las devoluciones tienen en cuenta los intereses diarios hasta la fecha en que se emite. Con lo que, en principio, no hay ningún perjuicio económico ”, también se publicó el presente documento.

En junio pasado, Víctor Shiguiyama, jefe de la Sunat, dijo que el ente recaudador ya había sido atendido el 83% de las solicitudes de devolución, porcentaje que equivalía a 161 mil solicitudes.

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¿Quiénes están obligados a emitir comprobantes de pago electrónicos?

Están obligados a la emisión de comprobantes de pago electrónicos los contribuyentes personas naturales o personas jurídicas que han sido designados como emisores electrónicos mediante Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT.

Consulta de Emisores Electrónicos

  • Consulta de obligados de comprobantes electrónicos
  • Relación de emisores electrónicos
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